Carlos Calleja no es concesionario del Estado salvadoreño

Los documentos son públicos y pueden consultarse en el CNR, no pertenece a la Junta Directiva de la Sociedad Calleja.

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Carlos Calleja. Foto EDH/ Jorge Reyes

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09 January 2019

El candidato presidencial de la Alianza por un Nuevo País, Carlos Calleja, no es concesionario de ningún recurso del Estado salvadoreño de acuerdo a documentos públicos en el Centro de Registros Nacional de (CNR), Registro de Comercio, porque no forma parte de la Junta Directiva de la Sociedad Calleja.

Anteriormente algunos medios digitales manejaron que era concesionario de un bien público para la generación de energía con gas con la empresa Energía del Pacífico, donde el Grupo Calleja forma parte del conglomerado de empresas locales e internacionales socias.

El Diario de Hoy consultó documentos en el Registro de Comercio de El Salvador y Carlos Calleja no aparece en la Junta Directiva del Grupo Calleja, originalmente fue director, pero renunció en noviembre de 2017 para participar en un proceso de elecciones internas en el partido ARENA para obtener la candidatura presidencial.

De acuerdo a la credencial de elección de Junta Directiva de la Sociedad Calleja S.A. de C.V., en poder de este periódico, con fecha de ocho de noviembre de 2017 y presentada la misma fecha bajo asiento número 2017385434. La misma se encuentra inscrita en el Registro ce Comercio número 63 del libro 3817 del Registro de Propiedades del Folio 273 al folio 275 de inscripción con fecha 13 de noviembre de 2017, quien aparece como director presidente del Grupo es su padre, Francisco Javier Calleja Malaina, director secretario Carlos Quintanilla Schmidt, director propietario Juan Herbert Tobar Portillo, directores suplentes, Rocana de Los Ángeles Quinteros Álvarez, Maureen Theresa Hakker de Calleja y Ricardo Alfredo Velásquez Zepeda.

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Calleja había estado dirigiendo la Fundación Calleja, el rostro humano de ese grupo empresarial desde su constitución, pero también renunció en febrero de 2018 para dedicarse a la contienda electoral, su lugar lo retomó su padre Francisco Calleja Malaina.

El artículo 127 de la Constitución de la República establece que uno de las objeciones para optar al cargo de diputado y presidente de la República, que son de elección popular, es el no ser concesionario del Estado. Inciso 6: “Los que tengan pendientes contratos o concesiones con el Estado para explotación de riquezas nacionales o de servicios públicos, así como los que hayan aceptado ser representantes o apoderados administrativos de aquéllos, o de sociedades extranjeras que se hallen en los mismos casos”.

De acuerdo al Registro de Comercio, en la Sociedad Calleja no aparece en ningún puesto Carlos Calleja.