Desplazados y postergados

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28 September 2018

En el Informe sobre Desarrollo Humano de El Salvador 2018, el PNUD da cuenta de que en la última década se ha producido en nuestro país un total de 44,334 homicidios. Se trata de una condición de conflictividad social violenta excepcional que somete a las personas a condiciones abrumadoras de peligro y estrés. Uno de sus componentes es el desplazamiento forzado que sufren personas, familias y grupos de familias de sus lugares de residencia. Se trata de las víctimas que, por amenazas a la vida y a la integridad, deben huir en silencio hacia lugares donde nadie les conoce perdiendo su arraigo y recursos de subsistencia. Los niños rompen su ciclo escolar y deben marchar presurosos sin un destino fijo y sin garantía de encontrar condiciones humanas de acogida o de seguridad.

La lucha por salvar la vida se sobrepone a la incertidumbre de lo que ocurrirá con su vivienda, bienes y nexos que dejan atrás.

El drama humano de las personas desplazadas forzosamente no ha sido reconocido oficialmente debido a que se le considera una aceptación tácita de las dificultades que tiene el Estado para garantizar a los ciudadanos sus derechos a la seguridad, a residir donde lo deseen, a la libre circulación y a la propiedad individual y colectiva.

La negación del fenómeno impide la activación de mecanismos de socorro nacionales e internacionales que podrían paliar las condiciones que afectan a docenas de miles de personas que no encuentran recursos legales de protección o instituciones a las cuales acudir. Mientras tanto, en el discurso oficial, se utiliza el eufemismo de “movilidad interna” y se trata de minimizar la dimensión del fenómeno.

Ante la desesperanza y la impotencia, algunos ciudadanos afectados acudieron a la anterior Sala de lo Constitucional con el objeto de presentar recursos de amparo a su situación de desarraigo y amenaza. En respuesta, la Sala emitió, el 13 de julio de 2017, la sentencia 411 por la cual ordenó al Estado reconocer el fenómeno del desplazamiento forzado y emitir leyes y políticas de prevención y protección para los afectados, para lo cual, fijó un plazo de seis meses.

Actualmente, se encuentra en la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales de la Asamblea Legislativa una propuesta de ley, a iniciativa de la Fundación Cristosal, que busca crear el marco legal para asegurar la atención a las víctimas. La propuesta procura que se reconozca el derecho que tiene cada ciudadano a ser protegido y a recibir asistencia al verse obligado a abandonar su hogar debido a amenazas. El sentido general es el de proteger los derechos de las víctimas y procurar las condiciones que hagan posible su retorno, reasentamiento e integración en el lugar de su desplazamiento.

Así las cosas, se vuelve un imperativo moral asumir seriamente la construcción del consenso político que haga posible extender la mano de ayuda a ese sector numeroso de salvadoreños que han sido postergados y abandonados a su suerte por años. Es la ocasión propicia para mostrar empatía hacia las personas pobres y, amén de eso, amenazadas y desarraigadas.

La instauración del sistema de protección a los desplazados tendrá la virtud de facilitar un registro objetivo de la magnitud del fenómeno y, sobre todo, crear las condiciones para que el Estado cumpla su deber de proteger a las víctimas que, hoy por hoy, guardan el silencio impuesto por su irremediable vulnerabilidad y abandono.

Pastor General de la

Misión Cristiana Elim