Ley de educación en afectividad y sexualidad responsable

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07 July 2018

Se ha presentado a la Asamblea Legislativa el proyecto de Ley de Educación en Afectividad y Sexualidad responsable, tan necesaria para la formación integral de niños y adolescentes, para prevenir enfermedades de transmisión sexual y embarazos precoces, la cual será impartida con carácter obligatorio en las instituciones educativas tanto del sector público como privado.

Se establecerá una comisión para elaborar el programa nacional de educación en la afectividad y sexualidad responsable, que será presentado al Ministerio de Educación para su aprobación y ejecución, y estará integrada por un representante del Mined, un representante del Ministerio de Salud, un representante de la Secretaría de Inclusión Social y un representante del Consejo Nacional para la Niñez y Adolescencia.

La ciudadanía está consciente de la necesidad de formar a los jóvenes, desde temprana edad, en temas relacionados con la afectividad y sexualidad, no solamente desde el punto de vista biológico, que sería únicamente una información genital con reparto de anticonceptivos y preservativos, sino con un enfoque antropológico, basado en la educación de la voluntad y la administración responsable de su libertad, destacando la dignidad de la persona humana y la necesidad de esperar hasta alcanzar la madurez para iniciar una vida sexual responsable, para prepararse profesionalmente y lograr insertarse en el mundo laboral, con un salario que les permita acceder a una mejor calidad de vida, para alcanzar metas altas y ambiciosas.

Es necesario que los encargados de elaborar dicho programa sean personas debidamente capacitadas en el tema, pero también con altos valores morales y profundo conocimiento de la ética y de la libertad responsable, para lograr la educación de la voluntad. Y que además de esos cuatro representantes del sector público, se incorpore un miembro de los colegios privados, ya que la ley será de carácter obligatorio para todas las instituciones educativas.

Vale recordar que el artículo 54 de nuestra Constitución “garantiza la libertad de establecer centros privados de enseñanza” y el artículo 55 establece “que los padres tendrán el derecho preferente a escoger la educación de sus hijos”, derecho que se afirma en el artículo 9 de la Lepina.

La educación para la afectividad y sexualidad debe ser pronta, veraz y científica para enseñar a los jóvenes, desde su más tierna edad, el respeto de su cuerpo y el de sus compañeros, a su dignidad como persona, en el trato y en el vocabulario evitando expresiones que ofendan su dignidad y su intimidad. Una educación sexual bien orientada les convencerá que aunque puedan ejercer su sexualidad desde muy jóvenes, su madurez emocional les indicará hacer lo que deben y no lo que quieren.

Esto no limita la obligación de los padres de familia, que aunque no tengan la capacidad de instruir a sus hijos en estos temas, deben seguir muy de cerca los programas impartidos en sus centros educativos para compartir con sus hijos la tarea de educarlos para el amor. En los casos de niños con hogares destruidos, con madres solteras que trabajan y con ausencia de la figura paterna, la labor de los docentes deberá ser doblemente cuidadosa, para despertar en los educandos la ilusión de llegar a superarse.

Es tarea de todos los salvadoreños interesados en mejorar el porvenir de los jóvenes vigilar para que la ley cumpla su cometido de formar, y no sea una herramienta más que propague el sexo seguro, de acuerdo a una agenda ya conocida de la ONU. Preocupa que el diputado Josué Godoy, que presentó esta iniciativa de ley, estuviera acompañado de personas que trabajaron en la campaña para despenalizar el aborto. ¿Con qué fin?

Maestra