Escrutinio público

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21 June 2018

Las entrevistas a los candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia han elevado el listón con el que deben ser evaluados los que quieren optar a un cargo público. Este mecanismo revela la idoneidad o la ineptitud de los postulantes y confirma la pretensión de la Asamblea Legislativa por mejorar el método para la elección de segundo grado de funcionarios.

Ciertamente falta trecho por recorrer. Las preguntas de los diputados deben ser mejor elaboradas y precisan de un estudio más detallado y personalizado de los asuntos conocidos por los aspirantes en sus ocupaciones ordinarias. Si se trata de profesionales con carrera judicial los legisladores, como mínimo, están obligados a analizar las sentencias más emblemáticas pronunciadas por aquellos con la finalidad de explorar su criterio jurídico y debatir el sentido de las resoluciones.

También es necesario auscultar el cumplimiento de las atribuciones legales cuando los entrevistados son funcionarios o exfuncionarios públicos. Sus omisiones o las decisiones erróneas que hayan adoptado forman parte del historial a considerar. Por supuesto que es relevante reconocer sus méritos pero este aspecto, en el marco de un proceso de elección, no vale para el momento de las entrevistas. Estas últimas tienen que ser aprovechadas por los grupos parlamentarios y por los representantes de la sociedad civil para examinar, con rigurosidad, el conocimiento y la corriente del pensamiento jurídico de los que buscan un espacio en la cúpula del Órgano Judicial.

La deliberación, que viene después de la fase que está desarrollándose, y para la cual se ha pedido más tiempo con el fin de contar con un plazo razonable para que los legisladores discutan a fondo sobre quiénes de la lista se apegan al perfil establecido en la sentencias de la Sala y en la Constitución, será el momento en el que se combinan el examen de la trayectoria del solicitante y sus posiciones sobre los asuntos consultados en las audiencias de la casa Dueñas. Por eso es imprescindible la publicidad de esta segunda etapa. De restringirse la presencia de representantes de organizaciones civiles se abrirá la polémica acerca de una posible elección con base en “cuoteos partidarios”, criterios ideológicos e intereses oscuros.

El escrutinio público es necesario para evitar la llegada de funcionarios con conflictos de interés o, lo que es peor, con un historial de comportamientos incorrectos que hayan faltado a los preceptos éticos en el desempeño de sus labores. En todo caso este examen no debe confundirse con el veredicto de la opinión pública manifestado a través de las redes sociales. El juicio de la gente deriva de la libertad de expresión. Es valiosísimo porque podría dar luces sobre elementos que probablemente no han sido tomados en cuenta en la indagación que hacen los diputados sobre los antecedentes de los que corren por un puesto en una institución del Estado.

Sin embargo, carece de seriedad atender cualquier tipo de noticia. Las estrategias difamatorias utilizadas con la intención de ensuciar el prestigio de algunos candidatos para impedir su ingreso a la Sala de lo Constitucional han de ser rechazadas y, ojalá, inspeccionada su fuente para deducir consecuencias penales. Debe rastrearse su origen hasta determinar la procedencia de la misma. De lo contrario, se otorgaría espacio a los calumniadores y a los que inventan historias porque se sienten amenazados por la eventual designación de personas que tienen el firme propósito de hacer cumplir la ley y de investigar y sancionar a los que la transgredan.

En la era de la información pública escudriñar la conducta de quienes dirigirán a las instituciones es un deber de los que los escogen y un derecho a reclamar por los administrados. Inquirir sobre el pasado de los elegibles y de su proceder en anteriores responsabilidades estatales o en el ejercicio privado de su profesión es una forma de prevenir actuaciones indebidas. La intervención de las organizaciones privadas y de los medios de comunicación en esta tarea es fundamental. Lo mismo se puede decir de la comunidad en su labor de vigilancia y contraloría social del proceso. Si renunciamos por anticipado a este cometido, aumenta el riesgo que prevalezcan los criterios de valoración estrictamente políticos.

Doctor en Derecho y

Master en ciencia política

y estudios electorales