Elección popular de magistrados

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Por Elizabeth Castro

16 February 2018

Harman Mining Company tenía un contrato con A.T. Massey Coal Company, una de las mineras más importantes de los EE. UU. En 1998 Hugh Caperton, el presidente de Harman, demandó a A.T. Massey ante una corte de West Virginia. Le reclamaba por un incumplimiento del contrato que habría provocado la quiebra de Harman.

En el 2002 la sentencia ordenó que A.T. Massey le pagara a Caperton US$50 millones. Aquélla apeló ante la Suprema Corte de West Virginia.

Mientras tanto ese Estado celebraba las elecciones para magistrados de la Suprema Corte local.

Como cualquier elección popular, en esta también había campaña. Y como en cualquier campaña, había gastos, y donantes. Pues uno de los candidatos, Brent Benjamin, tuvo un generoso donante: Don Blankenship, el presidente de A.T. Massey.

Blankenship aportó US$3 millones a la campaña de Benjamin. Finalmente este ganó las elecciones.

Caperton seguía esperando que se resolviera su caso. Pero ahora en el tribunal que le juzgaría estaba sentado Brent Benjamin, el patrocinado por su contraparte. Caperton le recusó, pero su petición fue rechazada.

En 2007 la apelación fue resuelta. En una votación de tres contra dos, la Suprema Corte de West Virginia revocó la sentencia que condenaba a A.T. Massey. El juez Benjamin fue uno de esos tres votos.

Caperton acudió a la Suprema Corte de los EE. UU. En 2009 ésta resolvió el caso: “Concluimos que los esfuerzos de Blankenship —el presidente de A.T. Massey— en la campaña tuvieron una influencia significativa y desproporcionada en colocar al juez Benjamin en este caso (…) Así como ningún hombre puede ser juez en su propia causa, el mismo temor de sesgo surge cuando —sin el consentimiento de las otras partes— un hombre escoge al juez en su propia causa; y aplicando este principio al proceso de elección judicial, aquí hubo un riesgo objetivo y serio de un sesgo actual que exigía la recusación del juez Benjamin”. Así la Suprema Corte decidió a favor de Caperton.

Caperton v. Massey inspiró la novela de John Grisham: La Apelación (aún no la he leído). Pues ese caso también nos puede ser útil para evaluar la propuesta que ya se presentó en El Salvador: elegir a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) mediante voto popular.

Algo que distingue al funcionario judicial respecto a un presidente, alcalde o diputado —quienes sí son elegidos por voto popular— es la exigencia de imparcialidad en la resolución de un caso. Caperton v. Masey nos enseña cómo, incluso en un país con una institucionalidad tan sólida, la elección popular de jueces pone en riesgo su imparcialidad. Y la amenaza no solo es que los magistrados sean capturados por los políticos, sino también por empresarios —como ocurrió con el juez Benjamin.

Otro aspecto que distingue a los funcionarios de elección popular de los jueces es que éstos “están sometido exclusivamente a la Constitución y a las leyes” (art. 172 Cn.), sin tener compromiso alguno ante sus electores. En el juez se busca una asepsia política que no se exige al presidente, alcaldes y diputados.

Además en una elección indirecta se pueden controlar mejor los mecanismos para alcanzar un nombramiento por méritos. Mientras que en una elección directa gana el más popular; y eso es resultado del proselitismo, no necesariamente de una competencia por mérito.

Debe revisarse la forma de elegir a los magistrados de la CSJ. Y es bueno que el tema esté en la agenda. Pero cualquier iniciativa que se presente debe analizarse cuidadosamente, y evaluar si con ella se potencia o se amenaza la independencia e imparcialidad del Órgano Judicial.

Columnista de El Diario de Hoy

@dolmedosanchez