Policías enfrentarán nuevo juicio como coautores en caso San Blas

Los agentes del extinto Grupo de Reacción Policial (GRP) fueron exonerados de la muerte de un joven en la primera vista pública.

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Por David Marroquín

08 May 2018

“No es de trascendencia para efectos de responsabilidad determinar quién o quiénes le dispararon a la víctima... no se valoró la figura de coautoría”.

Esos son los razonamientos de los magistrados de la Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla, La Libertad, para ordenar un nuevo juicio contra cinco policías del extinto Grupo de Reacción Policial (GRP), acusados de asesinar a Dennis Alexander Hernández Martínez.

La muerte del joven, quien no era pandillero, sino escribiente de la finca San Blas en San José Villanueva, La Libertad, se produjo tras un intenso enfrentamiento entre policías con pandilleros. Siete pandilleros murieron, entre ellos supuestos cabecillas de la MS.

Los policías enjuiciados fueron exonerados el pasado 16 de febrero pero sobre esta decisión los magistrados aseguran, en su resolución, que hubo “una inobservancia de las reglas de la sana crítica por parte del señor juez de Sentencia, sobre la participación de los imputados”.

El juez fue “incongruente en su decisión, por cuanto le dio validez a la totalidad de la prueba para establecer la existencia de una ejecución extrajudicial o sumaria; así como la víctima no era pandillero”.

Agregan que no valoró “esa misma prueba respecto a una probable aplicación de la figura de la coautoría para el caso en concreto”.

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Para los magistrados “no es cierto que todos los sujetos deban realizar con su propia mano el verbo rector de matar, o sea disparar a la víctima, pues para que el plan tenga éxito se necesita que cada uno desempeñe un rol relevante en la fase ejecutiva del delito que abone de forma conjunta en la comisión del mismo”.

En ese sentido, dicen, el juez no valoró la figura de la coautoría y traen a cuenta que “nuestro sistema no solo sanciona al que dispara, sino a todos aquellos que dolosamente han participado en la fase ejecutiva del delito, ya sea como coautores o partícipes del mismo”.

Hay otro dato que señalan: “No hay evidencia de que alguno de los imputados se haya opuesto a que otro de los que se encontraban en la escena dispararan, estableciéndose un probable dolo conjunto”.

Para los magistrados se ha establecido en el proceso “un desprecio por la vida de la víctima con el actuar de los agentes policiales, circunstancia acreditada por el señor juez al establecer la existencia de una ejecución sumaria”.

Sin embargo, los magistrados cuestionan al juez de Sentencia que “omitió valorar conforme a las reglas de la sana crítica, si existió dolo por parte de todos los imputados de acabar con la vida de la víctima”.

Los magistrados traen a cuenta la declaración del testigo Zenit que aseguró haber escuchado cuando Dennis Alexander les manifestó que “les diera la oportunidad para explicarles qué estaba haciendo ahí”.

Para los magistrados de la Cámara, el juez tuvo que haber analizado el hecho de que todos ” los imputados estaban en el lugar, armados, con poder de dominio, ignorando las súplicas de la víctima”.

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Además, dicen, omitió valorar “si todos los imputados contribuyeron en conjunto y decisivamente en la ejecución del homicidio”.

Con esos argumentos jurídicos, los magistrados de la referida Cámara disolvieron el fallo absolutorio que el Tribunal de Sentencia de Santa Tecla, La Libertad, emitió el 16 de febrero pasado a favor de los cinco agentes del antiguo GRP, pero con la resolución de la Cámara tendrán que volver a ser enjuiciados.

Los policías del antiguo grupo elite que en esa oportunidad salieron favorecidos con la exoneración de los cargos penales son: Geovanni Alexander Sorto Martínez, Éver Edilberto Raymundo Linares, José Dolores Coreas, Pablo Geremías Sánchez Osorio y Misael Abisaí Samayoa Landaverde.

Los magistrados señalan al juez de Sentencia que concluyó que se tiene certeza de que existió una ejecución sumaria o extrajudicial en contra de la víctima, Dennis Alexander, pero debió de concluir que no es irrevelante que no se haya podido determinar quién o quiénes dispararon el arma de fuego que provocó su muerte.

El juez de Sentencia argumentó su fallo a favor de los cinco policías acusados en que no se pudo establecer quién de los imputados le provocó la muerte a Dennis Alexander.

Lo anterior debido a que el informe pericial de la Sección de Balística del laboratorio técnico científico de la Policía no pudo establecer el arma que se usó para dispararle a la víctima, porque los proyectiles presentaban “pérdida del material que los constituía y las mismas características de identidad que presentan”.