Radios y TV solicitan a Tribunal Electoral aclarar restricciones

Presidente de la gremial afirma que la resolución emitida por el Tribunal Electoral es muy “ambigua”, por lo que han enviado una nota al TSE para que aclare las limitantes.

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Por Eugenia Velásquez

12 April 2018

La Asociación Salvadoreña de Radiodifusores (Asder) ha solicitado a los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) que aclaren una serie de restricciones que afectan la libertad de expresión y de información de los salvadoreños y de los medios de comunicación.

Específicamente se refieren a una resolución que ordena que los medios “no podrán transmitir spots, programas de televisión, cuñas radiales o publicaciones en prensa escrita y digital, en las que aparezcan ciudadanos que aspiren al cargo de presidente o vicepresidente de la República”. Esta disposición está contenida en una resolución contra la propaganda adelantada de precandidatos presidenciales, emitida el pasado lunes.

La junta directiva de Asder se reunió ayer tarde para definir su posición al respecto y notificarla al Tribunal Electoral.

El presidente de Asder, Manuel Antonio Flores Pineda, dice que han observado que las medidas ordenadas por dicho Tribunal podrían incurrir en una “violación a la libertad de expresión”.

Flores Pineda argumenta que hay puntos de la resolución muy “ambiguos” que no aclaran si se entenderá que la simple aparición del ciudadano que aspira a ganar una candidatura para ser presidente o vicepresidente de un determinado partido constituye un requisito para la suspensión, o debe ser evidente la intención de la persona o basta suponer que quiere ser presidente o vicepresidente.

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“¿Cómo se puede distinguir en ambos casos si se estaría violando la disposición emanada del máximo Tribunal Electoral?”, se pregunta el dirigente de la Asder.

La gremial quiere saber si cuando el Tribunal habla en su resolución de suspender spot o programas, se refiere a propaganda pautada o también a coberturas noticiosas o programas de entrevistas.

Además, ¿bajo qué normativa legal se aplicará la restricción a medios alternativos, entre ellos, digitales, redes sociales y vallas, entre otros?, se preguntó Flores Pineda.

Otro aspecto que los magistrados del Tribunal deberán ampliar a Asder, es cómo se debe entender el artículo 37 de la Ley de Partidos Políticos, que establece la obligación de realizar elecciones internas para elegir candidatos a cargos públicos, esto en correspondencia también con el fallo de la Sala de lo Constitucional que ordenó a los partidos democratizar sus procesos de primarias internas.

En esta parte, Flores Pineda expone que existe un vacío, ya que la forma en cómo se hace la propaganda electoral interna de los aspirantes a candidatos a la presidencia de la República, hacia los militantes de su partido no está establecido en la Ley de Partidos Políticos ni en el Código Electoral, por lo que considera que este tipo de actividades están circunscritas únicamente por el derecho a la libertad de expresión.

Tomando esto en cuenta y, según Asder, ¿cómo podrán los medios de comunicación distinguir qué criterios adoptar para saber si se está en presencia del derecho de expresión de los candidatos a elecciones internas o hay indicios de una campaña adelantada como lo hace ver el TSE?

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