Sala ordena ampliar plazo para inscribir no partidarios

Medida cautelar va dirigida a los titulares del Tribunal Supremo Electoral-

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Magistrados del TSE, Fernando Argüello Téllez, Julio Olivo (presidente) y Ana Guadalupe Medina. Les acompaña el secretario general del TSE, Louis Benavides. foto edh / Cortesía

Por José Zometa

07 December 2017

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), ordenó ayer al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que amplíe el plazo de inscripción a los candidatos no partidarios y los equipare con la inscripción de los candidatos pertenecientes a partidos políticos.

“Adóptese la medida cautelar en el sentido de equiparar materialmente a los candidatos no partidarios en relación con los candidatos de los partidos políticos, por lo que el Tribunal Supremo Electoral deberá concederles un plazo que se extienda hasta la fecha de la inscripción de candidaturas y, de esa manera, permitirles recolectar las huellas y firmas de los ciudadanos que les apoyan”, resolvió ayer la Sala de lo Constitucional.

Dicho Tribunal ordenó esa medida cautelar a favor de un grupo de aspirantes a candidatos no partidarios ante lo que consideran fue un acto de desigualdad por parte de las autoridades del TSE.

Los demandantes en su escrito de amparo presentado a la Sala acusan al TSE de actuar de “manera deliberada” y de incumplir con el Calendario Electoral que él mismo aprobó, ya que no proporcionó a tiempo el formato para los libros de firmas de ciudadanos que apoyan su candidatura y se les mantuvo “por más de un mes con evasivas”.

El cronograma del calendario electoral 2018 establece que las personas que aspiren a inscribirse como candidatos no partidarios tienen desde el 2 de junio al 3 de octubre de 2017; es decir 4 meses.

Sin embargo, aseguran los demandantes, por las evasivas del TSE, en cuanto a autorizarlos como candidatos no partidarios y avalarles el formato de los libros para la recolección de firmas , les otorgó menos de los tres meses que establece la Ley de Partidos Políticos.

“Se advierte que parte del objeto de control de los presentes procesos de amparo consiste en determinar si efectivamente hubo un retraso injustificado por parte del TSE para autorizar el formato de libros para la recolección de firmas, lo cual presuntamente incidió negativamente en el plazo para recabar las firmas y huellas de apoyo para las candidaturas independientes”, argumenta la resolución.

La Sala ordena al TSE permitirle a los no partidarios extenderles el plazo de inscripción hasta el 18 de este mes, como lo establece el Código Electoral para los candidatos afiliados a partidos políticos.

Rafael Antonio González Garciaguirre, Hugo Benjamín Paredes Martínez, René Wilberto Rivera Coreas, son algunos de los demandantes.