Diputados elevan penas por atacar a policías

La reforma incluye a familiares y miembros de la Fiscalía y soldados.

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Por Rafael Mendoza López

15 November 2017

Atentar contra miembros de Seguridad Pública y sus familiares será un agravante del delito, a partir de la aprobación de la Asamblea Legislativa de una reforma a cuatro artículos del Código Penal. Las penas irán hasta un máximo de 60 años de cárcel cuando se trate de homicidios contra estos oficiales.

Además de los agentes de la policía, la Fuerza Armada y otros encargados de seguridad pública, así como a custodios de centros penales, los agravantes se acumularán a quien atente contra familiares de éstos en el cuatro grado de consanguinidad y segundo de afinidad, además de personal de la Fiscalía General de la República.

En el caso de homicidio agravado, la pena será de 50 a 60 años de cárcel. Los agravantes se dan en caso de que los delitos contra miembros de la Seguridad Pública sean cometidos por o en nombre de pandilleros, si la acción es realizada de cualquier forma no verbal o cometido portando arma de fuego, así como efectuado por dos o más personas o contra menores de edad y si es realizado en la vía pública, escuelas, entre otros.

Asimismo, se eleva hasta 10 años de cárcel la pena a quien cometa violencia contra las personas señaladas en dicha reforma. También se agrega agravantes cuando el delito contra la libertad de circulación. En este caso, las penas serán de 12 a 15 años de cárcel, a diferencia de los 10 a 12 años que impone actualmente.

También se eleva hasta un máximo de 10 años de prisión si se violan medidas especiales de protección a favor de los miembros de seguridad y sus familias.

Los legisladores de diversas bancadas coincidieron en que esta enmienda no será la solución para la escalada de violencia que vive el país, pero servirá para disuadir a los grupos criminales que atentan contra los elementos policiales y sus familiares, dijeron los legisladores.