Retirar el 25 % de ahorro de pensiones condicionado a edad

Para que los afiliados puedan pedir hasta el 25% del dinero que tienen en sus cuentas individuales, no solo deben haber cotizado 10 años como mínimo, sino que deben cumplir con requisitos de edad.

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El beneficio será entregado gradualmente, dando prioridad a las personas que se encuentran más próximas a cumplir la edad legal de retiro. foto edh / archivo

Por Vanessa Linares

29 September 2017

Uno de los aspectos más atractivos de las reformas hechas a la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP) es que los trabajadores cotizantes podrán retirar hasta el 25% de sus ahorros. Sin embargo, antes de correr a una AFP, es necesario aclarar que según el decreto, este anticipo de saldo tiene condiciones relacionadas, sobre todo, a la edad del afiliado.

La modificada ley de pensiones señala que quienes ya tengan al menos 10 años de cotizaciones, de forma continua o discontinua, en una Administradora de Fondos de Pensión (AFP) tienen la posibilidad de acceder hasta un máximo del 25 % de su Cuenta Individual de Ahorro para Pensiones (Art. 110-A).

De manera que, por ejemplo, si una persona tiene $15,000 ahorrados, podría pedir un “préstamo” de $3,750 de su misma cuenta, con el deber de reintegrarlo antes de cumplir la edad de retiro o considerar un detrimento de su pensión futura.

La reforma explica que el anticipo de saldo podrá pedirse a partir de 30 días después de la entrada en vigencia del decreto, “y de acuerdo al año en que tengan cumplidas las edades” de una tabla específica.

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Así, los afiliados hombres no pensionados al SAP que quieran pedir el anticipo en este año de 2017, deben tener 58 años o más. Las mujeres, en tanto, deben haber cumplido 53 años.

La tabla con lo detalles revela que la medida es aplicada gradualmente, dando prioridad a las personas que se encuentran más próximas a cumplir la edad de retiro.

De aquí en adelante, cada año bajará en dos años la edad requisito para que el afiliado anticipe su dinero. En 2018, los hombres deben tener 56 años como mínimo y las mujeres 51; en 2019, los hombres 54 y las mujeres 49, y así hasta 2024, año en el que todos los afiliados no pensionados al SAP pueden acceder a un anticipo de saldo de su cuenta individual de ahorro para pensiones sin importar su edad.

“Durante los treinta días que señala el inciso primero, el Banco Central de Reserva (BCR) emitirá las disposiciones mínimas para el funcionamiento de esta medida”, añade el documento.

 

Forma de pago

La reforma de pensiones, aprobada la madrugada del pasado jueves 28 de septiembre, detalla que el anticipo debe ser reintegrado junto con la rentabilidad dejada de percibir, en cualquier momento; y el dinero será acreditado, de nuevo, a la cuenta individual del afiliado.

“Un afiliado que haya hecho uso del anticipo y no lo haya reintegrado junto con la rentabilidad dejada de percibir, no podrá traspasarse a otra AFP sin haberlo reintegrado”, observa el documento.

¿Qué pasa si alguien pide un anticipo de su ahorro y no lo devuelve?

Si llegada la edad legal en la que puede pensionarse el afiliado no ha reintegrado en su totalidad el saldo anticipado, la ley dice que deberá “diferir el goce del beneficio”; es decir, tendrá que trabajar más.

El periodo de tiempo adicional dependerá del porcentaje del anticipo que haya devuelto o no hasta la fecha en que le toque jubilarse. La ley dice que el plazo varía desde un año hasta un máximo de cinco.

Cabe destacar que pueden pedir un anticipo de saldo aquellas personas que teniendo la edad de jubilación aún no lo hayan hecho. “Para estos afiliados el tiempo que diferirán el goce del beneficio por vejez, se contará a partir de la fecha en que accede al anticipo de saldo”, subraya el documento.

La ley también es clara en observar que todas las personas afiliadas que ya reciben pensión no pueden pedir ningún anticipo de su saldo de su cuenta de ahorro.

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Propuesta de ICP

La opción de retiro anticipado y parcial del ahorro previsional fue propuesta por la Iniciativa Ciudadana para las Pensiones (ICP), quien consideró que en el afán de darles un beneficio adicional a los afiliados, el reformado sistema previsional podía brindarle a los salvadoreños cotizantes la oportunidad de utilizar parcialmente su ahorro de pensiones para solventar necesidades esenciales durante su vida laboral activa.

La ICP decía que los afiliados que aún no se pensionan pueden necesitar su dinero para cuestiones importantes en su economía familiar, como por ejemplo pagar la prima de una casa, cubrir gastos de estudios o enfermedades, o paliar un periodo en el que se hayan quedado sin empleo.

La Iniciativa justificó que adelantar una parte del ahorro de pensiones es una medida que “genera mayor cercanía y refuerza el sentido de propiedad del ahorro”. En el documento de su propuesta, la ICP también aseguró que, “incentiva el pago de cotizaciones previsionales y le otorga al trabajador mayor flexibilidad para acceder a su cuenta”.

Para el economista de la Fundación Nacional para el Desarrollo (Funde), Carlos Pérez, si bien el anticipo “puede ser un alivio financiero para muchas personas, también les puede acarrear problemas a los trabajadores a la hora de querer retirarse”. El economista consideró que dadas las condiciones económicas de la mayoría de los hogares salvadoreños, es difícil que el dinero retirado se reintegre.

“Aunque los efectos son relativos, pues en su mayoría los trabajadores no se retiran a la edad mínima (60 y 55 años), sino que lo hacen entre tres y cinco años después; pero sí, le reduciría su pensión en una proporción considerable (…) De la misma forma, en términos agregados, si una gran cantidad de cotizantes comienza a hacer los retiros, se puede poner en riesgo la liquidez del sistema”, dijo Pérez.

OCHO COSAS QUE DEBERÍA SABER SI ESTÁ PENSANDO PEDIR EL ANTICIPO

  • 1 El afiliado debe registrar al menos 10 años de cotizaciones, de manera continua o discontínua, en el Sistema de Ahorro para Pensiones.
  • 2 El monto máximo a solicitar es un 25% del saldo de su cuenta individual de ahorro para pensiones.
  • 3 Además del periodo mínimo cotizado, los que quieran retirarlo en 2017 deben cumplir con la edad de requisito: Los hombres deben tener 58 años de edad y las mujeres 53 años para poder pedir el anticipo.
  • 4 A partir de 2024, todos los afiliados no pensionados podrán acceder a un anticipo de su saldo de cuenta de ahorro de pensiones sin importar su edad.
  • 5 El anticipo deberá ser reintegrado en su totalidad junto con la rentabilidad dejada de percibir, en cualquier momento. El dinero será acreditado a la cuenta individual del afiliado.
  • 6 Un afiliado que haya pedido un anticipo y no lo haya reintegrado con la rentabilidad, no podrá cambiarse de AFP.
  • 7 Si el afiliado cumple la edad legal para acceder al beneficio de vejez y no ha reintegrado todo el dinero, debe seguir cotizando hasta un máximo de cinco años.
  • 8 Las personas que ya se encuentren pensionadas no pueden gestionar una solicitud de anticipo de saldo.

Condiciones para anticipo de saldo

Según la reforma, los afiliados pueden solicitar hasta el 25% de su saldo ahorrado pero de acuerdo al año en que tengan cumplidas las edades.

AÑO                  Edad cumplida hombres                                  Edad cumplida mujeres

2017                        58 años o más                                                    53 años o más

2018                       56 años o más                                                    51 años o más

2019                        54 años o más                                                   49 años o más

2020                       52 años o más                                                   47 años o más

2021                        50 años o más                                                   45 años o más

2022                       46 años o más                                                   41 años o más

2023                       42 años o más                                                   De cualquier edad