Magistrado González: ONG reciben $5 millones y afectan presupuesto

En su voto concurrente, magistrado Rodolfo González destacó que transferir recursos públicos a entes privados no es coherente con la situación desfinanciada del presupuesto.

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El representante judicial considera que la Fiscalía General de la República y una Corte de Cuentas de la República confiable tienen una tarea importante al respecto.

Por Vanessa Linares

28 July 2017

En la Ley del Presupuesto 2017, “existen asignaciones donde se transfieren recursos públicos a entes privados por un monto total de $5.6 millones” y que es evidente que tienen “incidencia negativa en el equilibrio del presupuesto y en la liquidez del gobierno para cubrir sus obligaciones”, advirtió el magistrado de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Rodolfo González.

El funcionario judicial emitió un voto concurrente en la sentencia de la Sala que este jueves declaró inconstitucional la Ley de Presupuesto del año 2017, por vulneración a los principios de equilibrio presupuestario y universalidad establecidos en los artículos 226 y 227 de la Constitución de la República.

“Aunque concurro con mi voto a la formación de la sentencia con respecto a los dos motivos por los que se impugnó la Ley de Presupuesto (...) considero necesario hacer énfasis en ciertas situaciones que se identifican en la sentencia como de incidencia negativa en el equilibrio del presupuesto y en la liquidez del gobierno para cubrir sus obligaciones”, señaló González.

Según el escrito sobre su voto concurrente, los montos de las transferencias son variados, desde los $5,000 hasta grandes cantidades como $390,000.

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Para el magistrado, es evidente que “esta situación no es coherente con la situación desfinanciada del presupuesto que se ha advertido”.

Señaló que es imprescindible determinar la existencia o no de irregularidades en algunas de estas transferencias, e insistió en que dichos factores debe corregirse en la formulación y aprobación del presupuesto actual y los proyectos futuros.

González remarcó que la fuerte carga presupuestaria también tiene relación conque el gasto en remuneraciones en el sector público se ha incrementado de manera significativa.

Citó que en el gobierno central desde el año 2008 al 2017, las plazas incrementaron en 29,644, con un aumento del gasto de $752.7 millones.

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Los aumentos a remuneraciones en ministerios específicos y en instituciones del gobierno central y entes descentralizados, también explicarían parte del problema.

De acuerdo a los datos citados por el magistrado, la Presidencia de la República pasó de tener 763 empleados en 2008 a 2,633 en 2017; el Ramo de Salud de 8,374 a 12,931; Educación de 38,163 a 47,218 en el mismo periodo; y la Asociación Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA), de 2,751 a 4,368, por mencionar algunas entidades.

Ambos factores, señaló, afectan el equilibrio presupuestario y la apropiada asignación de recursos a instituciones que no tiene suficientes fondos para el ejercicio de sus funciones. Destacó el caso de la Fiscalía General de la República y del Tribunal Supremo Electoral, que enfrentan dificultades para el efectivo cumplimiento de la sentencia de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía y para cubrir los gastos de transporte y alimentación de los miembros de la Juntas Receptoras de Votos, respectivamente.

“No es posible que frente a un presupuesto limitado se de preferencia a asignaciones injustificadas en detrimento de instituciones como la FGR y el TSE”, puntualizó.

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Sala ordena no hacer más transferencias

Tanto el Órgano Ejecutivo como el Legislativo están inhabilitados para realizar transferencias de recursos públicos a entes privados, particularmente a aquellos que tienen vínculo material con partidos políticos y grupos afines y con funcionarios públicos o sus parientes, fue lo que estableció la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en su resolución de inconstitucionalidad de la Ley del Presupuesto 2017.

La instancia judicial advirtió que las transferencias de recursos a entes privados como asociaciones y fundaciones de distinta naturaleza y finalidad, ascienden a aproximadamente $5.6 millones; inclusive, a algunas entidades “que no guardan relación con la finalidad social que justificaría la asignación presupuestaria estatal”.

Indicó además que los órganos del Estado y demás instituciones públicas deben “evitar la aprobación de gastos no prioritarios, excesivos o injustificados, que no guardan coherencia con la situación fiscal y financiera del Estado, y que impactan negativamente en el equilibrio presupuestario”.

A inicios de febrero, los diputados de Arena, René Portillo Cuadra y Ricardo Velásquez Parker, denunciaron que el gobierno hacía recortes en los presupuestos de Salud y Educación para darle dinero a fundaciones y Organizaciones No Gubernamentales (ONG) supuestamente afines al partido oficial.

En la resolución de esta semana, la Sala condicionó que las transferencias de recursos estatales solo pueden llegar a entidades privadas “en aquellos casos estrictamente necesarios y justificados”, y siempre que las actividades de estas organizaciones se relacionen directamente con los fines sociales del Estados y estén sujetas a rendición de cuentas y fiscalización.

Para la Sala de lo Constitucional, esta medida tiene como objetivo garantizar un ejercicio presupuestario equilibrado, tal como lo ordena la Constitución de la República de El Salvador.