Sala rechaza demanda contra emisión de bonos por 550 Mlls y elección de magistrados de Corte de Cuentas

Ambas resoluciones fueron firmadas por los magistrados Óscar Pineda Navas, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime y Eliseo Ortiz. 

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Acción Ciudadana pidió recientemente a la Corte de Cuentas investigar el traslado de fondos a varias ONG. 

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08 December 2016

Este jueves, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró  improcedentes las demandas de inconstitucionalidad contra emisión de títulos valores por 550 millones de dólares y por elección de magistrados de Corte de Cuentas.

La autorización fue dada por la Asamblea Legislativa, el demandante, Herbert Danilo Vega Cruz, manifestó que el decreto legislativo emitido transgredía el proceso de formación de ley establecido en la Constitución, debido a que no existió “suficiente” discusión en el interior de la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto. 

No se informó a la población sobre la conveniencia de la adquisición de dicha deuda ni tampoco se documentó, evaluó o comprobó la urgencia que justificara la modificación de la agenda y se procediera a la dispensa de trámite, señala.


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Según el ente, la resolución se establece a partir del hecho de que en la demanda no se formuló argumentos que concreten y precisen los motivos por los que considera que el decreto emitido por el legislativo transgrede los principios de seguridad jurídica. Carece de base objetiva, agrega. 

Rechaza demanda por elección de magistrados
La Sala también rechazó una demanda contra la elección de los magistrados de la Corte de Cuentas de la República, en la que se acusa al Órgano Legislativo de omitir el procedimiento limitándose a elegir a los candidatos propuestos por los partidos políticos, sin mayores elementos ni criterios. 


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La Sala estableció que el demandante se ha limitado a aseverar los supuestos vicios que se cometieron en el procedimiento, sin embargo, no ha aportado algún elemento probatorio que permita sustentar estas afirmaciones.

Ambas resoluciones de improcedencia fueron firmadas por los magistrados Óscar Pineda Navas, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime y Eliseo Ortiz.