Juristas: Constitución impide extraditar militares a España

Los destacados abogados aclaran que su gestión es “meramente jurídica”. Afirman que extradición violaría la Constitución de la República. Además que Carta Magna es “la norma fundamental”

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Los cuatro militares detenidos fueron notificados formalmente

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03 May 2016

Un grupo de abogados notables solicitó a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que se rechace la petición de un juzgado español para la extradición de 17 militares señalados de asesinar en El Salvador a seis sacerdotes jesuitas y a dos asistentes en 1989.

Aclarando que su gestión es eminentemente jurídica y en favor de la soberanía nacional y no significa una aprobación del crimen, los especialistas del Derecho dicen que la extradición de los militares es improcedente porque el Tratado entre España y El Salvador es de 1997 y no aplica a delitos cometidos antes, la muerte de los jesuitas fue en 1989.

Según advierten, aplicar el Tratado de Extradición de manera retroactiva violaría el Artículo 21 de la Constitución Política de El Salvador, que establece que las leyes en ningún momento tendrán efecto retroactivo en su aplicación.

Los peticionarios son los abogados Ángel Góchez Marín, Enrique Borgo Bustamante, René Fortín Magaña, José Domingo Méndez, Mario Antonio Solano y René Hernández Valiente. Borgo Bustamante ha sido vicepresidente de la República, en tanto que Méndez ha sido presidente de la Corte de Justicia, y los juristas Solano, Hernández Valiente y Fortín Magaña, magistrados de la misma.

“De conformidad a las razones expuestas venimos a solicitar a esa Honorable Corte Suprema de Justicia, se declare improcedente la solicitud de extradición del Juzgado Sexto de la Audiencia Nacional de España a que nos referimos, para evitar la violación de los Arts. 21 y 28 (original y reformado) de la Constitución”, señalan los profesionales.

Los connotados juristas argumentan además que el tratado con España no está por encima de la Constitución de la República y que el Tratado no puede extenderle a la Corte Suprema una “facultad discrecional” para aprobar una extradición.

“En nuestro orden jerárquico legal, la Constitución es la norma fundamental y en consecuencia en caso de conflicto entre los tratados y leyes secundarias prevalece la Constitución, por lo que existiendo una prohibición expresa en ésta de la extradición de salvadoreños de forma absoluta, la disposición del tratado que le confiere a la Corte una facultad discrecional al respecto es inaplicable”, argumentan los juristas.

También recuerdan los abogados que en el Artículo 28 de la Constitución de la República establece que el delito debe ser cometido en el país solicitante, señalando como excepción que haya sido cometido en El Salvador u otro país y solo “cuando el delito fuere de trascendencia internacional” sin que se trate de delitos políticos o de carácter común.

Los peticionarios agregan a su demanda que la Corte Suprema de Justicia tiene la facultad de declarar inaplicable parte del Tratado, en vista de que la extradición anularía “las sentencias pronunciadas en todos los juicios fenecidos, pasadas en autoridad de cosa juzgada, para que los imputados sean sometidos nuevamente a un juicio penal ante un tribunal extranjero”.

Y, en el sentido, agregan: “Además la CSJ debe considerar la violación de nuestra soberanía al pretender que un juez extranjero pueda determinar la validez o no de juicios seguidos en El Salvador”.

En su petición, los profesionales del Derecho advierten que no buscan “justificar” el delito cometido contra los sacerdotes y sus ayudantes, sino que lo hacen por “respeto a la soberanía nacional”.

“Queremos dejar constancia que este estudio es eminentemente jurídico, puesto que los suscriptores somos todos abogados de la República y no significa desde ningún punto de vista que estemos justificando de alguna manera la comisión de tan abominable crimen”, señalan en el escrito.

De los 17 militares involucrados, cuatro fueron capturados en febrero pasado: Antonio Ávalos Vargas, Tomás Zárpate Castillo, Guillermo Alfredo Benavides Moreno y Ángel Pérez Vásquez. Luego de su captura fueron presentados al Juzgado Primero de Paz de San Salvador donde se les notificó la solicitud de extradición por parte de un tribunal español.

Defensores de los militares señalaron semana que tienen hasta el jueves para presentar sus alegatos del por qué no procede la extradición a España ante el juzgado Primero de Paz de San Salvador.

Procurador dijo que hay razones para extraditar

El 27 de abril, cuando la Corte notificó a las partes del caso que se instalaría una audiencia especial para que los militares conocieran formalmente la solicitud de extradición solicitada de España, el procurador de la República, David Morales, y el rector de la UCA, Andreu Oliva, presentaron un recurso de “Amicus Curiae” (Amigo de la Corte) en el máximo tribunal. 

El documento con el fin que la CSJ escuchara la razones legales para la procedencia de la extradición. 

Afirmaron que el asesinato de los jesuitas es  un crimen de lesa humanidad y las reglas del derecho imperativo internacional obliga al Estado, si no ha juzgado, a colaborar con la extradición. 

Morales dijo que ni la Ley de Amnistía, la prescripción y figuras similares excluye de responsabilidad penal a los señalados. 

Por su parte, el abogado defensor de los cuatro militares, Lisandro Quintanilla,  ha reiterado que la extradición no puede proceder porque con ello habría una doble persecución del delito, además, que se estaría violando el tratado que existe sobre el tema entre El Salvador y España.

Quintanilla ha interpuesto dos recursos de hábeas corpus en la Sala de lo Constitucional, estos no han sido resueltos por el máximo tribunal.