Probidad no investigará a funcionarios si cesaron hace diez años

La medida fue tomada en enero pasado, dice El Faro. Según magistrado, es cierto pero eso ya lo establece la Constitución.

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16 March 2019

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha ordenado a la Sección de Probidad que ya no investigue el patrimonio de aquellos funcionarios que tengan diez años o más de haber finalizado su gestión.

En una publicación del periódico digital El Faro hecha ayer, se adjunta una copia de la acta de la sesión del 31 de enero de este año en la que se deja constancia de la decisión respaldada por 11 magistrados.

El magistrado Óscar Alberto López Jerez confirmó a El Diario de Hoy esa decisión. “Yo insistí en que ya la Constitución expresa y claramente establece 10 años”, respondió en referencia a la normativa que contempla el plazo de prescripción en estos casos. (Ver recuadro).

Según el documento publicado por el referido medio digital, el magistrado Leonardo Ramírez Murcia, presentó a sus colegas, ese día, un “Extracto de la discusión de la Comisión de Ética y Probidad” y que y que la comisión analizó diferentes temas, entre ellos la percepción de la discusión de las investigaciones sobre los bienes de los funcionarios.

Ramírez Murcia les entrega una síntesis de temas discutidos y en ese contexto, señala que “hay consensos en que la Sección de Probidad debe realizar la investigación del patrimonio de empleados y funcionarios públicos siempre que no haya transcurrido diez años después del cese en el cargo y que sea en períodos continuos producto de elecciones populares”.

También expone que pueden aplicar excepciones, por ejemplo, no aplica cuando exista un proceso pendiente en la Corte Suprema y esta no haya resuelto. Otra excepción propuesta era que un ciudadano demande conocer la situación financiera del funcionario vía la Unidad de Acceso a la Información.

En la acta se deja constancia de la discusión que surge entre los magistrados López Jerez y Paula Patricia Velásquez Centeno, cuando el primero expresa que no recuerda que en el seno de la comisión hayan discutido la prescripción de los casos ni de excepciones, sino de los fondos públicos relacionados al tema.

Pero Velásquez insiste en que sí lo discutieron. A la discusión se suma el magistrado Roberto Calderón Escobar, quien dice que en la comisión han abordado diferentes temas y que no hay un planteamiento concreto porque no hubo una decisión, además coincide en que no se han planteado excepciones.

Para zanjar el asunto, el presidente de la Corte, Oscar Armando Pineda Navas, les dice que evalúen nuevamente los temas en la comisión, pues al Pleno deben llegar propuestas concretas y decididas por unanimidad o mayoría, y que solo en caso de no llegar a un acuerdo pueden ser discutidos en el Pleno.

La magistrada Doris Luz Rivas Galindo plantea que en este tema hay que analizar “las variables aplicables para su interrupción” y pone de ejemplo que puede darse el caso de que, pese a haber transcurrido los diez años, la investigación ya está terminada y todo listo para resolver. Sugiere no ver la prescripción de forma aislada, sino integral.

Velásquez insiste en que la norma es clara al señalar que son diez años, ante lo planteado por otros como Eduardo Cáder Camilot de que en el tema de causales de interrupción siempre estarán sujetos a la decisión de la Cámara.

Al final votan el tema y resuelven con 11 votos que Probidad investigue el patrimonio de empleados y funcionarios públicos siempre que no hayan transcurrido los diez años después del cese en el cargo.

Rivas Galindo pide dejar constancia de que en cada caso procederá a emitir su voto y que no acompaña la decisión. Ramírez Murcia tampoco respalda porque para él aplicar la prescripción sin ninguna excepción es “antijurídica”.