Banco Central de Reserva aprueba normas para devolver el saldo de pensiones a extranjeros

Permite que, sin importar la edad, los afiliados extranjeros al SAP puedan pedir su dinero a la AFP.

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San Salvador, 03 Abril 2017. Oficinas de tramite de pensiones de AFP Confia Fotos EDH: Marlon Hernández

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04 September 2018

A partir del próximo lunes, e independientemente de su edad, los afiliados al Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP) de El Salvador que tengan una nacionalidad distinta a la salvadoreña, podrán pedir a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) la devolución del saldo de su cuenta individual o el traspaso de su dinero al régimen de capitalización del país en que residan.

El Banco Central de Reserva (BCR) informó ayer que el pasado 30 de agosto, el Comité de Normas “en su calidad de regulador del sistema financiero” aprobó las “Normas Técnicas para la Devolución del Saldo de la Cuenta Individual de Ahorro para Pensiones a Extranjeros” (NSP-10) que entrarán en vigor el 10 de septiembre de 2018.

De acuerdo con la entidad, las normas son parte de las disposiciones establecidas en las reformas a la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, aprobadas en septiembre del año pasado.

La nueva normativa deja sin vigencia el instructivo anterior para la devolución de saldo a extranjeros, el SAP 01/2006.

Una de las grandes diferencias con el instructivo antiguo es que si el extranjero se retiraba definitivamente del país podía solicitar devolución presentando sus documentos y una carta de finalización de labores de la empresa o institución para la cual laboró o prestó sus servicios en el país de forma dependiente. Además, la devolución solo podía hacerse por medio de un cheque a favor del afiliado, mediante un solo desembolso y efectuado a más tardar 30 días después.

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Ahora, la normativa señala que el afiliado extranjero que pida la devolución de saldo de su cuenta debe presentar la solicitud a la respectiva AFP con sus datos personales (nombre, sexo, NUP, estado familiar, nacionalidad, documento de identificación vigente, dirección de residencia) y el detalle de en qué situación se encuentra, si es cotizante dependiente, independiente o cesante.

La solicitud también debe detallar los datos de la institución bancaria en donde el afiliado extranjero desea recibir el depósito del beneficio; lugar y fecha de presentación de la solicitud, firma de solicitante y sello y firma de empleado que recibe la solicitud en la AFP; y anexar una copia de pasaporte o carné de residente vigente a la fecha.

“Esta devolución podrá ser cancelada a través de los medios que este indique, este desembolso deberá efectuarse a más tardar treinta días después de presentada la solicitud de devolución de saldo”, recordó el BCR.

El Art. 9 de la normativa aclara que una vez recibida la solicitud y comprobado que el afiliado extranjero cumple con los requisitos para acceder a una devolución de saldo, la AFP determinará el monto a devolver, multiplicando el total de cuotas acumuladas a la fecha de corte, por el valor cuota vigente a la fecha de la devolución de la cuenta individual. El extranjero que solicite devolución de saldo también tendrá derecho a recibir la devolución de sus aportes a la Cuenta de Garantía Solidaria.

Quedó establecido que si el extranjero quiere que le depositen el dinero en una cuenta en una institución financiera extranjera, los gastos correspondientes a dicha transferencia correrán por su cuenta; la AFP puede descontar dichos gastos del monto a devolver al afiliado extranjero.

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El BCR también publicó este lunes las nuevas “Normas Técnicas para el Otorgamiento de Beneficios por Invalidez en el Sistema de Ahorro para Pensiones” (NSP-12) con las que los afiliados podrán acceder a beneficios como pensión de invalidez parcial, pensión de invalidez total o devolución de saldo en caso que el afiliado no cuente con el número de cotizaciones requeridas en la Ley del SAP.

Igualmente, en la sesión del 30 de agosto, el Comité de Normas del BCR aprobó las “Normas Técnicas sobre Componentes de Financiamiento de los Beneficios, Salario Básico Regulador y Años de Cotización” (NSP-11) para el cálculo y determinación de los componentes que financiarán los beneficios por vejez, invalidez común y sobre vivencia como el Certificado de Traspaso y Certificado de Traspaso Complementario, el Capital Complementario, el saldo acumulado en el Fondo Social para la Vivienda y los correspondientes al cálculo del Salario Básico Regulador y el cómputo de los años de cotización para determinar el beneficio al que el afiliado o beneficiario pueda acceder.

Asimismo, las “Normas Técnicas para el Otorgamiento de Beneficios por Sobre vivencia en el Sistema de Ahorro para Pensiones” (NSP-13) cuyo objetivo es establecer los procedimientos de las AFP para otorgar pensión por sobrevivencia y determinar condición de dependencia económica de los padres de un afiliado en caso de que éste fallezca por enfermedad o accidente común, fueron publicadas en el sitio web del banco.

A la fecha, el Comité de Normas del BCR ha publicado al menos 13 normativas derivadas de la reforma de pensiones. Se espera que el marco regulatorio permita la correcta implementación de los cambios.