Estados Unidos cierra las puertas a víctimas de pandillas y violencia doméstica

El fiscal general, Jeff Sessions, estipuló que las víctimas de violencia doméstica y pandillas no califican para aplicar a asilo en Estados Unidos. La decisión pone en riesgo miles de vidas.

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Miles de salvadoreños han sido desplazados por la violencia y han solicitado asilo en otros países.

Por Xenia González Oliva

12 June 2018

El anuncio del fiscal general de Estados Unidos, Jeff Sessions, de restringir el acceso a asilo de las víctimas de la violencia doméstica y de pandillas afectaría directamente a miles de salvadoreños que cada año se ven obligados a huir del país para proteger sus vidas y las de sus familias. Sessions sostuvo que los inmigrantes están abusando del sistema actual para acceder a la protección internacional que concede Estados Unidos. Además, Sessions revocó la decisión de otorgarle asilo a una salvadoreña que escapó hacia Estados Unidos porque había sido violada y golpeada por su esposo.

En diciembre de 2016, la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) había determinado que la víctima podía aplicar a asilo ya que podía verse como perseguida por pertenecer a un “grupo social particular”.

Sessions consideró que las personas que son víctimas de violencia de pandillas o violencia doméstica no aplican y no pueden comprobar que pertenecen a un grupo perseguido al que el Estado de su país de origen es incapaz de proteger.

“El mero hecho de que un país tenga problemas para regular eficazmente ciertos delitos -como la violencia doméstica o la violencia de pandillas- o que ciertos grupos sean más vulnerables a ser víctimas de un delito, no puede establecer una solicitud de asilo por sí mismo”, indicó Sessions en el documento de su resolución.

Esta decisión afecta directamente a los centroamericanos, en particular a los salvadoreños. Este año, además, se ha evidenciado la prevalencia y el impacto de la violencia doméstica en El Salvador, así como las limitantes de las autoridades para prevenir y atender estos casos.

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El Consejo de Inmigración Americana (AIC, por sus siglas en inglés) lamentó que con la decisión de Sessions se está quitando un recurso vital de salvación para las víctimas de la violencia doméstica y de pandillas. “Desde sus primeros días, los Estados Unidos han abierto las puertas a los individuos que huyen de la opresión y la persecución. La decisión de este día del fiscal general es otro intento para cerrar nuestras puertas”, dijo Beth Werlin directora de AIC. Señaló que a través de su trabajo han sido testigos del trauma de las víctima de la violencia de pandillas y violencia doméstica, así como de su desesperada necesidad de protección.

“Rechazamos estos anuncios vamos a buscar aliados en el campo legal, en el campo jurídico que quieran desafiar estas decisiones que nos parecen retrógradas”, dijo.

Pablo Alvarado, Director Ejecutivo de la Red Nacional de Jornaleros, calificó la noticia como terrible.

“Está mandando no solo un mensaje a los Estados Unidos y a los migrantes que se debaten entre quedarse o salirse o morirse y vivir, es un mensaje para el mundo que la vida de las personas humildes y pobres no cuenta”, lamentó.

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Contradicción con ACNUR

El Diario de Hoy publicó anteriormente que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ya había retomado el tema. “El creciente número de solicitudes de asilo resultantes de actividades relacionadas con las pandillas, especialmente en el contexto de América Central, ha hecho necesario aclarar la interpretación de la definición de refugiado contenida en la Convención de 1951”, decía el ACNUR en el año 2010 en un documento llamado "Nota de orientación sobre las solicitudes de la condición de refugiado relacionadas con las víctimas de pandillas organizadas".

En 2016 ACNUR también emitió directrices para la elegibilidad de los salvadoreños en las que planteaba 13 potenciales perfiles de riesgo, como por ejemplo personas percibidas por una pandilla como infractora de sus normas, que pueden “necesitar protección internacional de los refugiados por motivos de su opinión política (imputada), pertenencia a un determinado grupo social, y otros motivos de la Convención”.

"El ACNUR considera que los solicitantes de asilo procedentes de El Salvador que están dentro de uno o más de estos perfiles de riesgo pueden necesitar protección internacional para refugiados bajo el artículo 1A de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 (Convención de 1951), dependiendo de las circunstancias del caso individual", indica el documento.

Aunque el ACNUR señaló que no necesariamente quienes coincidan con los perfiles recibirán el estatus de refugiado y tampoco se debe rechazar automáticamente a quien no sea parte de los perfiles. Estas directrices son para ayudar a las personas y los gobiernos al momento de evaluar la necesidad de protección internacional de los solicitantes de asilo.

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Los perfiles son los siguientes:

Personas percibidas por una pandilla como infractoras de sus normas

El ACNUR considera que las personas que puedan ser percibidas por una pandilla como alguien que pone “resistencia a su autoridad” y que no cumple sus normas, ya sea por haberse negado a un favor, no unirse a la pandilla, negarse a las pretensiones sexuales de un miembro, pueden “necesitar protección internacional de los refugiados por motivos de su opinión política (imputada), pertenencia a un determinado grupo social, y otros motivos de la Convención”.

Personas con profesiones susceptibles a la extorsión

El ACNUR ha tomado en cuenta la propagación de la extorsión en El Salvador y las consecuencias de quienes no pueden pagarla. Entre estas se encuentran los comerciantes informales y formales, trabajadores del transporte públicos, beneficiarios de remesas y retornados del extranjero. “Pueden necesitar una protección internacional como refugiados debido a su opinión pública (imputada) o su pertenencia a cierto grupo social”.

Testigos y víctimas de delitos cometidos por pandillas

ACNUR señala que testigos y víctimas de delitos han sido asesinados. Por ello, dependiendo de las circunstancias del caso ACNUR dice que estas personas pueden necesitar protección por su “opinión política (imputada) o debido a su pertenencia a un determinado grupo social”, esto bajo el artículo 1A de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951.

Personas de quienes se presume su vinculación con una pandilla

ACNUR señala que cuando una pandilla cree que una persona apoya o puede tener vínculos con otra pandilla, incluso si este sea solo por vivir en una zona “contraria”, pueden ser víctimas. Dependiendo del caso, podrían necesitar refugio debido a su “opinión pública (imputada) o por otros motivos de la Convención”. Esto se refiere bajo el artículo 1A de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 (Convención de 1951).

Desertores y Ex miembros de pandillas

El ACNUR indica que los desertores y ex miembros de pandillas pueden ser considerados “traidores” y perseguidos por estos grupos. Esto podría llevar a que necesiten protección internacional por su “pertenencia a un determinado grupo social o debido a su opinión política (imputada), o debido a otros motivos de la Convención”. Esto se refiere bajo el artículo 1A de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 (Convención de 1951).

Personas con profesiones susceptibles a la extorsión

El ACNUR ha tomado en cuenta la propagación de la extorsión en El Salvador y las consecuencias de quienes no pueden pagarla. Entre estas se encuentran los comerciantes informales y formales, trabajadores del transporte públicos, beneficiarios de remesas y retornados del extranjero. “Pueden necesitar una protección internacional como refugiados debido a su opinión pública (imputada) o su pertenencia a cierto grupo social”.

Niños, niñas y jóvenes con ciertos perfiles

El ACNUR considera que los niños y niñas que vivan en zonas con alto control de las pandillas o en zonas donde impera la violencia infantil “pueden necesitar protección internacional de los refugiados debido a su pertenencia a un determinado grupo social, o debido a su opinión política (imputada) o debido a otros motivos de la Convención”.

Periodistas y defensores de los derechos humanos

Dependiendo de las circunstancias de cada caso, ACNUR indica que los periodistas y defensores de derechos humanos que denuncian o investigan sobre temas sensibles pueden ser víctimas por lo que “pueden necesitar protección internacional para refugiados debido a su opinión política (imputada), o debido a otros motivos de la Convención”.

Mujeres y niñas con determinados perfiles

El ACNUR destaca que la violencia y discriminación contra las mujeres y niñas impera en El Salvador. Por ello, quienes vivan en zonas con alta presencia de pandilla o en zonas donde impera la violencia sexual o de género “pueden necesitar protección internacional para refugiados debido a su pertenencia a un determinado grupo social, y/o su opinión política (imputada), o debido a otros motivos de la Convención”.

Maestros de instituciones públicas

Ya que las pandillas pueden tener presencia en las instituciones públicas del país, los profesores y educadores que trabajan en ciertas zonas pueden ser extorsionados. También pueden ser amenazados o asesinados si se resisten al reclutamiento de sus estudiantes. Por ello ACNUR considera que “pueden necesitar protección internacional para refugiados debido a su opinión política (imputada), o debido a otros motivos de la Convención”.

Personas con identidades de género y orientaciones sexuales diversas

La discriminación contra las personas con orientación sexual y/o identidad de género diversas prevalece en El Salvador. Esta población es muy vulnerable ante la violencia por lo que ACNUR señala que “pueden necesitar protección internacional para refugiados debido a su pertenencia a un determinado grupo social, o debido a otros motivos de la Convención”.

Miembros de la PNC y Fuerza Armada

Debido a que los agentes de la policía y miembros de la Fuerza Armada pueden ser blancos de ataques de las pandillas, ACNUR dice que “pueden necesitar protección internacional para refugiados debido a su pertenencia a un determinado grupo social, o debido a otros motivos de la Convención”, pero antes de aplicar tienen que haber renunciado a las actividades armadas.

Otros Funcionarios públicos

En este caso se refiere a funcionarios como abogados, fiscales y jueces que investigan tanto a pandillas como al crimen organizado. También funcionarios que han sido amenazados por el área en el que trabajan. Ellos “pueden necesitar protección internacional para refugiados debido a su opinión política (imputada), o debido a otros motivos de la Convención”, dice ACNUR.

Personas relacionadas a los perfiles de riesgo anteriores

Tanto los familiares, miembros del hogar, dependientes o empleados de las personas que han sido comprendidas en esos perfiles también podrían necesitar protección debido a su relación o asociación con estas personas.