Rechazan petición de dejar en libertad a expresidente del FC Barcelona

Sandro Rosell lleva casi un año encarcelado por el delito de blanqueo en concepto de venta de derechos audiovisuales del seleccionado brasileño

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Por Agencia / EFE

17 April 2018

La juez Carmen Lamela ha rechazado de nuevo poner en libertad al expresidente del Barcelona Sandro Rosell y al abogado y político Joan Besolí, quienes llevan casi un año en prisión preventiva por blanquear 15 millones de euros de la venta de derechos audiovisuales de partidos de la selección brasileña de fútbol.

Besolí y Rosell, en prisión desde el 25 de mayo de 2017, han pedido ser excarcelados una decena de veces y en esta ocasión han alegado el largo tiempo que llevan en prisión preventiva, "más de trescientos días", lo que, a su juicio, disminuye el riesgo de reiteración delictiva, y niegan además que tengan patrimonio en el exterior que les permita fugarse.

En el auto en el que rechaza las libertades, la juez de la Audiencia Nacional justifica el tiempo en prisión preventiva por la complejidad de la causa, que ha hecho necesario practicar diligencias en el extranjero y "examinar compleja y abundante información".

Aseguran que ha quedado probado que la Confederación Brasileña de Fútbol (CBF) es de carácter privado y no sufrió "perjuicio alguno" por la intermediación de Rosell en el contrato entre la International Sport Events (ISE) y CBF, investigado en la causa.

Recuerdan que no hay procedimientos penales en Brasil contra Rosell o Teixera en relación con este asunto y que de no haberse producido ese perjuicio no habría delito de origen, imperativo "para la concurrencia del delito de blanqueo".

A este respecto, Lamela señala que en ningún momento se ha afirmado que CBF sea de carácter público sino que "tiene un evidente interés público" por destinar sus fondos "a incentivar y promocionar el fútbol en Brasil y a formar jugadores".

Niega también que no haya sufrido perjuicio, ya que su beneficio se vio "considerablemente mermado" desde que, por la actuación de los investigados, "dejó de percibir determinadas cantidades" que pasaron a manos de éstos.

Respecto a la inexistencia del delito de origen, recuerda que aún hay pendientes comisiones rogatorias de Brasil, que además reclamó la cesión de jurisdicción para investigar allí a Teixera -petición que ya ha sido admitida por la Audiencia Nacional-, por lo que sus autoridades serán las que determinarán si hubo delito.

No obstante, de no haberse obtenido esa información cuando se juzgue en España esta causa, "ello no impediría ni el enjuiciamiento de los investigados ni su posible condena por delito de blanqueo" y recuerda que así lo establece una sentencia del Supremo, que no exige "la previa condena del delito del que proceden los bienes que ocultan".